Estados Financieros
2019: En virtud de lo establecido en el articulo No. 2 del Decreto 089 de 2008 los Estados Financieros no requieren autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia.
2018: En virtud de lo establecido en el articulo No. 2 del Decreto 089 de 2008 los Estados Financieros no requieren autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia.
2017: En virtud de lo establecido en el artículo No. 2 del Decreto 089 de 2008 los Estados Financieros no requieren autorización de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Revisoría Fiscal
KPMG Ltda. A.A. 77859 de Bogotá
V.3;18-MAR-2020
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